El objetivo de este tipo de contrato es que los jóvenes que no tienen formación adecuada encuentren su primer empleo y puedan insertarse en el mundo laboral recibiendo al mismo tiempo formación teórica y práctica.

Este es un instrumento destinado a favorecer la inserción laboral de los jóvenes. Tiene por objetivo la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa.

La actividad formativa se recibe tanto en el marco del sistema de formación profesional para el empleo (Certificados de Profesionalidad) o del sistema educativo (título de Formación Profesional)

Así el pasado 11 de Febrero se publicaba en el BOE las bases de Cotización de contratos de Formación y Aprendizaje para el año 2017, estableciendo una cuantía correspondiente a los seguros sociales para el año 2017 de 106,86 euros, siendo la cuantía del año anterior de 98,95 euros.

Recordamos que el contrato de formación tiene derecho a la aplicación de una reducción del 100% de los seguros sociales (esta reducción será del 75% cuando se trata de una empresa con más de 250 trabajadores). Solo tendrán que abonar estas contingencias aquellas empresas cuyo contrato no cumpla los requisitos para beneficiarse de la reducción.

Es importante resaltar que tras el Real Decreto Ley 6/2016 cuando el contrato de formación se formalice con jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, la reducción de los seguros sociales pasará a ser una bonificación. No obstante, el procedimiento para liquidar los seguros sociales no experimenta ninguna variación.

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