Este Bono consiste en una ayuda económica a las familias para la atención a domicilio de niñas y niños menores de doce años que tengan su residencia en Galicia, con el fin de proporcionar oportunidades y recursos que garanticen la igualdad entre hombres y mujeres y posibilitar la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral.

Las personas que pueden ser beneficiarias de este bono, serán aquellos padres/madres, tutores/as, o las personas que tengan en situación de acogimiento familiar o guarda preadoptiva a niños/as menores de doce años residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia que se encuentren en los supuestos siguientes:

a) Tener una niña o un niño nacida/o con posterioridad al 31 de diciembre de 2005 respecto de la anualidad 2017 y con posterioridad al 31 de diciembre de 2006 respecto de la anualidad 2018.

b) Que la renta de la unidad familiar, entendida como la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro, no supere los 45.000 € o los 13.500 € per cápita.

A estos efectos, se tendrá en cuenta la declaración del IRPF del año 2015 respecto de la anualidad 2017 y del año 2016 respecto de la anualidad 2018.

No obstante, las personas beneficiarias tienen que cumplir los requisitos establecidos en el art. 10 Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

La ayuda consistirá en una aportación para contribuir al pago del importe de servicios de atención a la infancia a domicilio, en supuestos tales como enfermedad de la persona cuidadora habitual, del menos e imposibilidad de ser cuidado por los miembros de la unidad familiar, …

La cuantía estará en función de la renta per cápita del núcleo familiar, de acuerdo a los siguientes tramos:

a) Renta per cápita familiar hasta 3.750 euros: 14 €/hora.

b) Renta per cápita familiar superior a 3.750 y hasta 7.500 euros: 11 €/hora.

c) Renta per cápita familiar superior a 7.500 y hasta 10.000 euros: 9 €/hora.

d) Renta per cápita familiar superior a 10.000 y hasta 13.500 euros o superior dentro de los límites establecidos en el artículo 3.1.b): 7 €/hora.

El período subvencionable de esta ayuda económica comprenderá desde el 1 de octubre de 2017 hasta el 30 de septiembre de 2018.

Para más información,sobre esta ayuda económica, llamar al 986 22 90 45.

https://www.xunta.gal/notas-de-prensa/-/nova/25886/xunta-galicia-abre-prazo-familias-interesadas-acollerse-programa-bono-coidado