Subvención de  Galicia para prácticas no laborales 

El gobierno de la Comunidad Autónoma de Galicia pone en marcha su plan de acción dentro de la estrategia para el empleo que está llevando el Gobierno Central en su lucha  para reducir el paro juvenil, a mayores del plan específico en la materia que vuelve a ofertar la Diputación de la provincia de Pontevedra.

Concretamente se abre la convocatoria para nuevos contratos no laborales entre las empresas y las personas entre 18 y 25 años con título universitario o de formación profesional que no tienen experiencia laboral, o en caso de tenerla esta debe ser  inferior a tres meses.

En concreto, se trata de una subvención que va a conceder el Gobierno Autonómico para aquellas empresas que concierten un convenio de colaboración con el Servicio Público de Empleo que será un total del 75 % del IPREM. En concreto, 426 € en el 2014. Eso sí, previamente las empresas deberán abonar a los mencionados jóvenes una cuantía integra, que puede ir del 80 %  (443,76 €/mes) al 100 % del IPREM (532,51€/mes), dependiendo del horario que realice la persona que puede ir de 20 horas a la semana hasta 40.

La subvención les será abonada al final del contrato no laboral, siempre que presenten los justificantes pertinentes. Es decir, si una empresa concierta un contrato no laboral con un joven de menor de 25 años por 4 horas al día al final de mes le deberá abonar un importe de 443,76 € € más gastos de Seguridad Social conforme a la legislación de becas. De dicho importe, al finalizar el período concertado le será devueltos 426, 00 €. El tope máximo de la cuantía subvencionable serán 200.000 € en tres ejercicios económicos.

En cuanto a los requisitos  que debe cumplir la empresa, consistirán básicamente en la firma de dos documentos.  Por un lado,  un Convenio de prácticas no laborales con el Servicio Público de Empleo y, por otra parte,  un acuerdo con la persona joven detallando entre otras cuestiones las tareas y funciones a realizar por el mismo.

La legislación también establece específicamente los requisitos que debe cumplir el justificante que deberá presentar la empresa para poder acogerse a la subvención. En concreto, será un Certificado que deberá emitir la empresa detallado entre otras cuestiones horario y tareas desempañadas  por el joven durante el período que duren  el acuerdo y el justificante bancario del ingreso pertinente.

Los plazos para la entrega de dichos justificantes dependerán del año en que se concierte en acuerdo. Específicamente, para los acuerdos concertados en el 2014 el 20 de diciembre del 2014 y para los acuerdos concertados en el 2015, el 31 de octubre del 2015.

En cuanto a la presentación de la solicitud, las empresas tendrán tiempo de hacerlo hasta el  15 de noviembre del 2014, y lo podrán hacer vía telemática o en formato papel ante el registro de la Administración Pública competente.

Además, la legislación requiere que se presente una documentación especifica que va desde el DNI  del solicitante, las escrituras  y estatutos de la sociedad, el acuerdo firmado con el Servicio de empleo competente de prácticas no laborales y el certificado conforme  libre de deudas ante la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.

En definitiva, es otra de las opciones que  tanto las PYMES como los autónomos y los jóvenes sin experiencia laboral poden aprovechar para dar  cumplido sus diferentes expectativas en materia laboral y económica.