En el siempre dinámico mundo de la legislación y la normativa, es esencial mantenerse al tanto de los cambios que pueden impactar nuestras vidas y negocios. El Real Decreto-Ley 5/2023 de 18 de junio ha marcado un hito importante en el panorama legal de nuestro país. Desde Santiago y Alonso Asesores, entendemos la importancia de mantener a nuestros clientes informados y preparados para los desafíos y oportunidades que estas actualizaciones legales pueden presentar. A lo largo de esta entrada de blog, te invitamos a explorar en detalle la reciente actualización de este decreto y cómo puede influir en tus asuntos legales y financieros. ¡Acompáñanos en este viaje de conocimiento y descubre cómo estamos aquí para guiarte en cada paso del camino!

Derechos de conciliación familiar:

Se amplían los derechos de conciliación familiar para el cuidado de consanguíneos por razón de edad o de enfermedad, estos derechos, también, se extienden a las parejas de hecho y a los familiares por consanguinidad de la pareja. Por otra parte, las excedencias no superiores a dos años para el cuidado de hijo o familiares también se prolongan al cuidado de la pareja de hecho o de un familiar consanguíneo.

Junto con esto, se declara el permiso de 15 días naturales por la celebración de pareja de hecho. Esta forma de convivencia también se beneficiará de la adaptación de la jornada laboral, permiso de cuidadores o excedencia.

Adaptación de la jornada laboral:

La modificación beneficia a aquellos trabajadores que tengan que hacerse cargo del cuidado de los hijos e hijas mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho y familiares por consanguinidad hasta el segundo grado. Junto con esto, se añade una reducción del plazo de negociación de la adaptación de la jornada laboral entre el empleador y el empleado a 15 días, entendiendo que si no existe oposición por parte de la empresa, será concedida.

Permiso de cuidadores:

Se amplía a 5 días retribuidos en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad. La ley, también, acoge a aquellos familiares consanguíneos de la pareja de hecho y cualquier otra persona que conviva con el trabajador en su mismo domicilio y que precise de sus cuidados. Al mismo tiempo, se reconoce el derecho a ausentarse del trabajo en caso de fuerza mayor, enfermedad o accidente que requiera la asistencia inmediata de la persona que está en el lugar de trabajo, con un máximo de 4 días al año.

Permiso parental:

Junto con esto, los trabajadores tendrán acceso a un permiso parental de 8 semanas, continuas o discontinuas, para el cuidado del hijo hasta los ocho años. Esto se puede ejercer en régimen de jornada a tiempo parcial o completa. En el caso de acogerse al permiso parental el contrato de trabajo podrá suspenderse y exonera a ambas partes de sus obligaciones, por lo que no es retribuido. En la casuística de que más de un trabajador de la empresa solicite la reducción de jornada o una excedencia al mismo tiempo, la organización podrá restringir el ejercicio de sus derechos, pero deberá exponer las razones objetivas del por qué y generar un plan alternativo que de la posibilidad de conciliación.

Despidos nulos:

Para finalizar, dentro de la nueva ley se declararán nulo los despidos por causas objetivas o disciplinarias, en relación a las nuevas modificaciones:

  • Por causa de disfrute del permiso parental de 8 semanas
  • Por ausencia del trabajo en caso de fallecimiento, accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización de un pariente bajo
  • En caso de solicitud o disfrute de las adaptaciones de la jornada laboral prevista para el cuidado de personas que expone la modificación del decreto.

En conclusión, la actualización del Real Decreto-Ley 5/2023 de 18 de junio representa un paso importante en la evolución de las regulaciones legales en nuestro país. Desde Santiago y Alonso Asesores, estamos comprometidos en mantenernos al día con los cambios legislativos para brindar a nuestros clientes el asesoramiento más actualizado y de alta calidad. Esta actualización presenta oportunidades y desafíos para empresas y particulares, y es fundamental contar con expertos legales que comprendan plenamente su impacto y puedan ayudar a tomar decisiones informadas. Estamos aquí para ayudar a nuestros clientes a navegar por estos cambios y garantizar su cumplimiento, asegurando así un futuro más sólido y seguro en el ámbito legal y financiero. Si tienes preguntas o necesitas asesoramiento sobre cómo esta actualización afecta tu situación específica, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Estamos aquí para ayudarte en cada paso del camino.

Para mas información sobre el Real decreto Ley 5/2023 pueden consultar el BOE

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