Contratación indefinida inicial

La Xunta publica su programa de incentivos contratación indefinida inicial.

La finalidad de estos incentivos a la contratación indefinida inicial es incentivar la contrataciones indefinidas iniciales, a tiempo completo o a tiempo parcial, incluida la modalidad fijo discontinuo, que realicen las empresas con aquellas personas desempleadas mayores de 30 años que hayan agotado las prestaciones por desempleo.

Tipo de apoyo es 

—Contratación indefinida inicial: 8.000 €

—Contratación indefinida inicial  en empresas con  75 %  de personal fijo:  10.000 €

Incrementos:

—25 % por mujer

—25 % por discapacitado

—25 % por unidad familiar en la que todos los miembros estan en paro.

—25 % centro de trabajo en zona rural

Los beneficiarios del Programa de incentivos a la contratación indefinida inicial: 

  • Forma jurídica: cualquiera que sea la forma jurídica incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica
  • Residencia: centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia

Entre los requisitos que deben cumplir los beneficiarios se encuentran: 

1.  incrementarse la plantilla fija respecto a la media de los 3 meses anteriores.

2. incrementarse el empleo neto respecto a la media de los tres meses anteriores.

3.La jornada da contratación indefinida inicial a tiempo parcial no podrá ser inferior al 50 % de la jornada a tiempo completo

4. Las contrataciones por las que se solicita subvención deberán formalizarse y comunicarse a la oficina pública de empleo

Estarán excluidas de este Programa de incentivos a la contratación indefinida inicial: 

—Las contrataciones indefinida realizadas  en los 24 meses anteriores que presten servicios en la misma empresa o grupo de empresa

—Las contrataciones temporales realizadas  en los 3 meses anteriores que presten servicios en la misma empresa o grupo de empresa

—Las contrataciones indefinidas realizadas  en los 3 meses anteriores que presten servicios en otra empresa.

—las administraciones públicas

— Las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en la Ley  de subvenciones de Galicia, entre  las que se detacan ser condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o solicitar la declaración de concurso.

La obligaciones que deberán cumplir  los beneficiarios una vez concedida la subvención: 

—1. Mantener en su plantilla personas trabajadoras subvencionadas durante un período de 2 años. En el supuesto de extinción de la relación laboral de alguna persona trabajadora por la que se concedió la subvención, la empresa está obligada a cubrir la vacante con una nueva contratación indefinida inicial.

—2. Mantener durante 2 años el número de personas trabajadoras fijas de plantilla en el mes de realización de la contratación indefinida inicial, que se contarán desde el mes de realización de la contratación.

—3. Presentar informes: entre los que se encuentra por un lado,  una declaración de la media del personal trabajador fijo en el conjunto de los centros de trabajo en Galicia del período de 12 meses a contar desde el mes siguiente al de la realización de las contrataciones subvencionadas y, por otro lado, los indicadores de resultado inmediatos a los que se refiere el anexo I del Reglamento (UE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de septiembre, relativo al Fondo Social Europeo.

Los plazos de presentación de solicitudes los incentivos contratación indefinida inicial: 

—Contratos entre 1/10/2016 al 11/08/2017: la solicitud se podrá presentar desde el 12/08/2017 al 11/09/2017.

—Contratos posteriores al 11/08/2017: Desde  la fecha del contrato hasta 1 mes después.

—Plazo máximo  30/09/2017.

Para más información puede consultar el siguiente enlace:

Programa de incentivos a la contratación indefinida inicial

 

O puede llamarnos al 986229045 o enviarnos un email a info@santiagoyalonsoasesores.es