[vc_row][vc_column width=»1/1″][vc_column_text]El plazo para presentar la documentación para solicitar la prestación por desempleo según la Ley General de la Seguridad Social  es de 15 días hábiles (no incluye domingos ni festivos) desde el momento en que se produce el cese en la empresa. Ahora bien, si existen vacaciones no disfrutadas y retribuidas que constan en el certificado de empresa, la situación legal de desempleo y el nacimiento del derecho a las prestaciones se producirán cuando haya transcurrido dicho período (expresado en días naturales, contando sábados, domingos y festivos).

Los efectos de no respetar los plazos establecidos son la perdida de “tantos días de derecho a prestación como medien entre la fecha que debería haberse presentado la solicitud hasta la fecha que realmente se ha presentado”. Por ejemplo, si la solicitud se presenta 8 días  posteriores al vencimiento del plazo de los quince días hábiles, se habrán perdido 8 días de prestación por desempleo.

En cuanto a la documentación específica la oficina de empleo competente nos hará firma la adhesión a un compromiso de actividad, conforme nos comprometemos a la búsqueda activa de empleo en las condiciones específicas que establece la legislación vigente. Además, nos solicitarán la exhibición del Documento Nacional de Identidad (DNI)/Pasaporte/Tarjeta de identidad del extranjero (TIE)/Documento que contenga el Número de Identidad de Extranjero (NIE),  el Certificado de empresa, que será enviado al Servicio Público de Empleo, por la empresa o empresas en las que ha trabajado en los últimos seis meses (sólo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, el documento acreditativo que corresponda),  los datos de domiciliación bancaria, la declaración de los hijos a cargo (sólo si tuviera hijos a cargo libro de familia o documento equivalente en caso de extranjeros), en su caso, nuestras rentas y autorización para recabar información tributaria de estas a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. El modelo de solicitud normalizado está disponible en la oficina de empleo y en www.sepe.es.

El régimen jurídico se encuentra en el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, de todas maneras siempre encontraremos información detallada y simplificada en la pagina del Servicio Público de Empleo Estatal que es www.sepe.es.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]