Maternidad y Paternidad ¿cómo solicitarlo?
Para poder solicitar las prestaciones de maternidad o paternidad deberá solicitar la expedición del certificado de empresa.
Para poder solicitar las prestaciones de maternidad o paternidad deberá solicitar la expedición del certificado de empresa.
El plazo para presentar la documentación para solicitar la prestación por desempleo según la Ley General de la Seguridad Social es de 15 días hábiles (no incluye domingos ni festivos) desde el momento en que se produce el cese en la empresa. Ahora bien, si existen vacaciones no disfrutadas y retribuidas que constan en el certificado de empresa, la situación legal de desempleo y el nacimiento del derecho a las prestaciones se producirán cuando haya transcurrido dicho período (expresado en días naturales, contando sábados, domingos y festivos).
Una de las preguntas más habituales es sobre prestaciones [...]
El tiempo dedicado a la actividad formativa no podrá ser inferior al 25% durante el primer año, o al 15% durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, de la jornada máxima legal. Para el cálculo del tiempo dedicado a la actividad formativa se tomará como referencia la jornada anual, no computándose en ella los días de vacaciones.
El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,51 euros/día o 645,30 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
El Gobierno ha decidido ampliar en cuatro años el periodo en el que los trabajadores pueden solicitar una reducción de jornada para el cuidado de los hijos. Actualmente pueden hacerlo hasta que el hijo cumple 8 años, mientras que con la nueva norma el plazo se extenderá hasta los 12 facilitando la conciliación de la vida laboral y familiar.
El Gobierno prepara una reforma a través del anteproyecto de mutuas, la cual ya se encuentra en su fase de iniciación a la tramitación parlamentaria, fijándose menos exigencias, para que los autónomos con problemas económicos tengan la posibilidad de cesar la actividad y cobrar el subsidio que equivaldría a la prestación por desempleo de los trabajadores por cuenta ajena.
Antiguamente el plus de transporte quedaba fuera de los conceptos que cotizaban a la Seguridad Social, siempre que no superara el límite el 20% del IPREM, es decir, lo que estaba exento de cotización era la cuantía que no supera el 20 % del IPREM; en la medida en que se superase dicho límite, esa parte sí debía cotizar a la Seguridad Social.