Mi cuenta corriente devuelve un porcentaje de algunos de los recibos domiciliados en ella. El año pasa­do recibí 36 euros por este concepto, sobre los que se practicó una retención de 7,56 euros. Además, en el cer­tificado que envía el banco también figuran 24,10 euros de intereses recibidos con una retención de 5,06 euros y 8,62 de intereses pagados por un descubierto que tuve. Además, pagué 18 euros de mantenimiento. ¿Cómo se declara?

El importe de la devolución de recibos domiciliados tendrá que declararlo como rendimiento del capital mobiliario. Los intereses que pagó por el descubierto no son deducibles ni se pueden com­pensar con los rendimientos positivos, que debe declarar íntegros (36 + 24,10 = 60,10 euros). Los gastos de mantenimiento de cuen­tas, libretas y depósitos (18 euros) tampoco son deducibles (ver cuestión 127).

Las retenciones (7,56 + 5,06 = 12,62 euros) se hacen constar apar­te, para restarlas de la cuota final del impuesto.

El año pasado abrí un depósito por el que el banco, en vez de intereses, me entregó un navegador GPS. He recibido un certificado de retenciones en el que figuran, como valor del navegador 225 euros y como in­greso a cuenta 56,70. ¿Cómo se declara todo esto?

Como el banco le ha entregado el navegador a cambio de cumplir una condición (abrir un depósito), se considera una “retribución en especie” que se declara como rendimiento del capital mobiliario. Los rendimientos en especie se valoran a su precio normal de mer­cado; el banco se lo dirá. La cantidad que tiene que declarar como intereses es la suma del rendimiento en especie (225 euros) más el ingreso a cuenta (56,70 euros), es decir, 281,70 euros (salvo que le hayan repercutido el ingreso a cuenta).

El ingreso a cuenta lo determina la persona o entidad pagadora aplicando el 21% al resultado de incrementar en un 20% el valor de adquisición, y se descuenta igual que el resto de las retenciones.

No todos los regalos son rendimientos de capital y, si se obtienen por participación en un sorteo, se consideran una ganancia patri­monial

Cuáles son los rendimientos del capital mobiliario?

 

Los productos financieros (depósitos, cuentas y libretas, obligacio­nes, bonos, pagarés, letras del Tesoro, seguros, acciones, fondos de inversión y planes de pensiones) producen tres tipos de rentas:

n En general, producen rendimientos del capital mobiliario (in­tereses, dividendos, seguros, obligaciones, etc.).

n A veces, generan ganancias patrimoniales (venta de acciones y de fondos de inversión; ver cuestiones 144 y ss.).

n Los planes de pensiones y ciertos seguros de jubilación paga­dos por la empresa generan rendimientos del trabajo

Casi todos los rendimientos del capital mobiliario forman parte de la “base del ahorro”, salvo los derivados de la propiedad inte­lectual e industrial, la prestación de asistencia técnica, los arren­damientos de bienes muebles, negocios o minas, los cánones y royalties y la cesión del derecho a la explotación de la imagen.

Los rendimientos de la base del ahorro tributan junto con las ga­nancias patrimoniales derivadas de transmisiones de bienes de más de un año de antigüedad a tres tipos diferentes: el 21% para los primeros 6.000 euros, el 25% para las cantidades siguientes, entre 6.000 y 24.000 euros, y el 27% para lo que exceda de 24.000 euros

El plazo de generación es indiferente y no hay reducciones. Esto puede resultar menos favorable en algunos casos que la tribu­tación de la ley anterior, por lo que se estableció un régimen de compensaciones fiscales para respetar los derechos adquiridos. La Ley de Presupuestos del Estado para 2014 lo ha mantenido para el ejercicio 2013

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