Modificaciones en prevención de riesgos para las PYMES.

Antes de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, se contemplaba  unas especialidades para aquellas empresas  con menos de diez trabajadores en materia de  prevención de riesgos laborales. El objetivo era que la integración de la acción preventiva en la empresa no supusiera un esfuerzo desproporcionado para el pequeño empresario. Ahora, con la nueva  regulación, se ha ampliado el límite a veinticinco trabajadores, eso sí con algunos requisito como que realicen la actividad en un mismo centro de trabajo. De esta manera se modifica el apartado quinto del artículo 30 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que queda redactado en los siguientes términos: “En las empresas de hasta diez trabajadores, el empresario podrá asumir personalmente las funciones señaladas en el apartado 1, siempre que desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo y tenga la capacidad necesaria, en función de los riesgos a que estén expuestos los trabajadores y la peligrosidad de las actividades, con el alcance que se determine en las disposiciones a que se refiere el artículo 6.1.e) de esta Ley. La misma posibilidad se reconoce al empresario que, cumpliendo tales requisitos, ocupe hasta 25 trabajadores, siempre y cuando la empresa disponga de un único centro de trabajo”.

Otra medida para fomentar la integración de la prevención en las pequeñas y medianas empresa implementada por la  nueva Ley de apoyo a emprendedores, es la que se contempla en su artículo 39.2 que añade una Disposición adicional decimoséptima a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales con la siguiente redacción “Asesoramiento técnico a las empresas de hasta veinticinco trabajadores: En cumplimiento del apartado 5 del artículo 5 y de los artículos 7 y 8 de esta Ley, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en colaboración con las Comunidades Autónomas y los agentes sociales, prestarán un asesoramiento técnico específico en materia de seguridad y salud en el trabajo a las empresas de hasta veinticinco trabajadores.

Esta actuación consistirá en el diseño y puesta en marcha de un sistema dirigido a facilitar al empresario el asesoramiento necesario para la organización de sus actividades preventivas, impulsando el cumplimiento efectivo de las obligaciones preventivas de forma simplificada”.