CONCEDIDA LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A LA NADADORA BAKKER, EL LUCHADOR OLÍMPICO KARAPETYAN Y LA ATLETA MAHASSIN ENNASRI

El Consejo de Ministros ha aprobado tres Reales Decretos por los que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a otros tantos jóvenes deportistas de origen extranjero: Amber Bakker, Hrant Karapetyan y Dunia Mahassin Ennasri. Los tres podrían representar a nuestro país en importantes competiciones de carácter internacional.

En los tres casos se ha producido la valoración positiva y de apoyo por parte del Consejo Superior de Deportes, que ha resaltado el excelente potencial y prometedor futuro de los deportistas.

Amber Bakker, de nacionalidad holandesa, es una nadadora con buenas cualidades técnicas y físicas, a la que se ve con grandes posibilidades de formar parte de la selección absoluta española, con vistas a los próximos Juegos Olímpicos de Brasil 2016.

El luchador olímpico Hrant Karapetyan nació en Alemania, aunque conserva la nacionalidad armenia y se ha formado deportivamente en España, donde se encuentra completamente integrado, tanto en lo deportivo, como en lo académico, con un correcto manejo del español. Tiene posibilidades de participar en los Campeonatos del Mundo y también en los próximos Juegos Olímpicos.

En el caso de la marroquí Dunia Mahassin Ennasri, se trata de una atleta que ya se encuentra entre las mejores fondistas en pista y campo a través. Tendría firmes opciones de conseguir la participación en los campeonatos europeos y mundiales de campo a través, así como en el mundial en pista, durante el presente año 2014.

La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente por Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales y después de tramitar un expediente para cada caso particular, como ha ocurrido en los que ha resuelto hoy el Gobierno.

Posteriormente, el solicitante debe jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes, renunciando a su anterior nacionalidad, salvo los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal.