He aquí preguntas varias sobre excedencias que nos han preguntado:
Hola llevo 1 año trabajando y tengo contrato indefinido ¿puedo pedir una excedencia de 4 o 5 meses?
Teniendo en cuenta tu antigüedad, puedes solicitar una excedencia de un año, comunicándolo por escrito a tu empresa. Respecto al tiempo de excedencia puedes cogerte el tiempo que quieras hasta 5 años como máximo.
Presto mis servicios durante un año y solicito esta excedencia por el tiempo máximo de cinco
años. ¿puedo solicitar el abono de dos trienios (6 años 5 + 1) desde mi nueva incorporación?.
Durante tu excedencia, no computa a efectos de antigüedad, por lo que a la hora de solicitar los trienios, tampoco computa tu antigüedad a esos efectos dado que no has estado trabajando.
Tengo una excedencia voluntaria. Debería incorporarme en breve, pero deseo prolongarla (ya renové mi estado de excedencia 1 vez). ¿Hay alguna manera de renovar por segunda vez?
¿Estoy dentro de los plazos permitidos (4 meses mínimo-4 años máximo)?.
Puedes renovarla todas las veces que quieras, siempre que la empresa esté conforme, y siempre que no superes en total los 5 años de duración máxima de la excedencia. La prórroga no es un derecho automático, ya que la empresa puede denegarla. Una vez cumplas los 5 años de excedencia no podrás solicitar otra hasta que no transcurran 4 años.
¿Con cuánto tiempo de antelación se debe solicitar una excedencia voluntaria? ¿Cuánto tiempo te puede mantener la empresa en situación de “expectativas vivas de reingreso”?
La ley no regula un plazo, pero por prudencia es conveniente solicitarla con un mínimo de un mes.
Esta situación carece de límite temporal. Se puede prorrogar de forma indefinida hasta que en la empresa surja una vacante a la que el trabajador tenga derecho preferente.
Quería saber, ¿si siendo personal laboral fijo de un ayuntamiento al pedir excedencia voluntaria
el consistorio puede denegarla?
No, el Ayuntamiento tiene que concederla, siempre y cuando se cumpla con el periodo mínimo de antigüedad de 1 año y se cumplan el resto de requisitos para que el trabajador tenga derecho a la misma.
Quisiera saber si cojo una excedencia por un año, si podría después ampliarla más tiempo, o
si puedo incorporarme antes del año.
Podrás solicitar la prórroga de la excedencia, siempre que con la misma no se superen los 5 años de excedencia, pero la concesión de la misma estará sometida a la conformidad de la empresa.
Tu derecho preferente en caso de que exista vacante no surge hasta que no finalice la duración de un año para la que solicitaste la excedencia. Antes de que finalice ese periodo deberás solicitar a la empresa ese reingreso.
Si tiene una consulta llama al 986.22.90.45